El Ministerio de transportes,
movilidad y agenda urbana ha modificado el artículo 3.4 de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de
transporte por carretera y aéreo. En dicha modificación, se permite «en
los supuestos de desplazamiento autorizados, en los que deba viajar más de una
persona en el vehículo, que vaya como máximo una persona por cada fila de
asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes». «El
transporte público, privado complementario y particular de personas en
vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el
marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en
el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de
asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes»,
indica el texto.
Así pues,
la modificación del Ministerio de Transportes permite la posibilidad de que en
un mismo vehículo de hasta nueve plazas viajen más de una persona, incluido el
conductor, siempre y cuando se viaje una persona como máximo por cada fila de
asientos, manteniendo así la distancia de seguridad.
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