Marketing

Como actuar en el ámbito laboral con el nuevo Coronavirus

Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación con el nuevo coronavirus

Remitimos este comunicado con la intención de poder informar de como actuar ante el grave problema que todos estamos viviendo en la actualidad ante la propagación del llamado Coronavirus o covid 19 y la información de la que contamos actualmente.

Tanto las empresas como los trabajadores ya contamos con la Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación con el nuevo coronavirus, sobre cómo afrontar la epidemia del coronavirus. El Ministerio de Trabajo señala en el documento que recoge la normativa actual, hecho público el pasado miércoles, que las compañías solamente deben paralizar la actividad en caso de un riesgo “grave, inminente e inevitable” de contagio. Ante una situación de emergencia, la empresa ha de interrumpir la actividad en el centro de trabajo.
Además, está obligada a informar “lo antes posible” a los trabajadores y, “si fuera necesario”, dar instrucciones a la plantilla para que abandone el lugar. Una vez dados estos pasos, la compañía puede tomar medidas para seguir trabajando en otro ámbito o suspender de forma temporal la actividad.

En el Congreso la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, resaltó que el cierre de las empresas es una “medida extrema” que está prevista en la ley de Prevención de Riesgos Laborales para “situaciones de muy elevado riesgo”. Y apuntó: “Esperemos que no tenga que llegar a aplicarse, pero el Gobierno tiene que prever todas las situaciones”.

La misma situación grave e inminente de contagio sirve para que los empleados puedan interrumpir el trabajo y abandonar la empresa, señala Trabajo. Esta decisión, recuerda la nueva guía, se ha de adoptar por la mayoría de los trabajadores, el comité de empresa o los delegados de prevención de riesgos laborales. También aclaran que se debe tratar de “una situación excepcional”, con “una interpretación restrictiva” de lo que supone el riesgo. A renglón seguido, advierten de que “la inmediatez del riesgo, la mera suposición o alarma social generada” no son suficientes para entender que se cumplen los requisitos fijados por la normativa.

En cuanto a la Pyme y MicroPyme no hay ni existe más guía que la cordura y reflexión de cada empresario sin orden de cierre para ningún tipo de actividad a no ser la de docencia. A día de hoy cualquier actividad de pública concurrencia, pequeño comercio, oficina o similar tiene libertad para abrir sus puertas a clientes como normalmente se viene haciendo hasta hoy. No obstante se recomienda, por supuesto, extremar las medidas de higiene y salubridad lo máximo posible.

Para reforzar la información la Consejería de Sanidad ha puesto a disposición de los ciudadanos el teléfono gratuito 900 102 112. Este mismo número tiene capacidad para derivar las llamadas de posibles casos a la Mesa de coordinación del SUMMA 112.

Para prevenir específicamente la posible transmisión del virus en las urgencias de hospitales y, por lo tanto, en la población más vulnerable, la Consejería de Sanidad ha establecido un circuito de atención ante casos sospechosos. Profesionales de Atención Domiciliaria del SUMMA 112 acudirán a los domicilios de las personas con síntomas leves y que contacten desde casa con el teléfono 900 102 112 para recoger la muestra y enviarla a los laboratorios habilitados para su estudio.


Por último, insistimos en realizar una llamada a la tranquilidad como están haciendo las autoridades sanitarias.


Suscríbete a nuestra Newsletter

Únase a más de 10k suscriptores

Al enviar arriba, usted acepta nuestra Política de privacidad y Política de Cookies.

Compartir esta publicacion:
Scroll al inicio
Abrir chat
1
Hola, soy Carol ¿en qué puedo ayudarte?