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Modificación de las condiciones de movilidad en el transporte público, privado complementario y particular durante la crisis del COVID-19

Modificación de las condiciones de movilidad en el transporte público, privado complementario y particular durante la crisis del COVID-19

El Ministerio de transportes, movilidad y agenda urbana ha modificado el artículo 3.4 de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo. En dicha modificación, se permite «en los supuestos de desplazamiento autorizados, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes». «El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes», indica el texto.

Así pues, la modificación del Ministerio de Transportes permite la posibilidad de que en un mismo vehículo de hasta nueve plazas viajen más de una persona, incluido el conductor, siempre y cuando se viaje una persona como máximo por cada fila de asientos, manteniendo así la distancia de seguridad.

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